• 27/05/2026 00:00

Construir credibilidad

En 2019, el PNUD publicó un informe sobre el servicio civil en Panamá, en cuyas conclusiones se destacaban los avances en la construcción de un sistema más estable e institucional, entre ellos la creación del Tribunal Administrativo de la Función Pública, como parte de las garantías de la estabilidad laboral de los servidores públicos (menos rotación quinquenal) y la institucionalidad necesaria para mejorar la gestión pública, desde la perspectiva de las personas que hacen efectivo el servicio público.

Rosalba Chin NG, por su parte, publicaba en 2024 en la revista Ratio Legis No.4, un artículo sobre la situación de los servidores públicos, arguyendo el mismo concepto descrito por el PNUD años atrás, la falta de estabilidad y equiparación de derechos entre trabajadores del Estado y del sector privado, sumado a la falta de puesta en marcha del Tribunal Administrativo de la Función Pública, impiden en buena medida la eficiencia en la labor pública.

Otros organismos internacionales como el CLAD, el BID y el Instituto Centroamericano de Administración Pública (ICAP), concluyen también que la falta de institucionalidad y estabilidad laboral perjudican al sector público panameño y, consecuentemente, afectan los resultados de su gestión por falta de motivación, sumado al desprestigio generalizado promovido por acciones u omisiones como la falta de selección por concursos de los servidores públicos, etc.

El Tribunal Administrativo de la Función Pública nació con la Ley 23 de 2017, pero se concretó en 2024, con la toma de posesión de dos de sus tres magistrados, los cuales, desde entonces, han realizado sus labores de conformidad con lo que la ley les permite hacer y dejando de lado tareas que la ley ordena realizar en conjunto por los 3 magistrados. Esto ha traído algunas dificultades que, sin embargo, no han impedido ejercer la función garantista que la ley le otorga, en cuanto al cumplimiento de las normas vigentes en materia de relaciones de trabajo en el sector público, aunque un tanto limitadas.

El tercer magistrado, que debió designar el Órgano Ejecutivo desde julio de 2024, aún no ha sido nombrado, sin explicación ni justificación alguna, lo cual es más preocupante si se toma en cuenta que el Órgano Ejecutivo ha designado los magistrados que corresponden en otras Instituciones como el Tribunal Administrativo Tributario, Tribunal Administrativo de Cuentas y Tribunal Administrativo de Contrataciones Públicas. También se han designado magistrados en la Corte Suprema de Justicia y en cuanta institución pública requiera de completar o sustituir autoridades, por mandato de la Ley.

El silencio, es decir, la falta de justificación de la no designación fomenta la especulación ciudadana, pues no faltan voces que indican que el Tribunal Administrativo de la Función Pública no puede funcionar con 2 de sus tres magistrados, olvidando que la responsabilidad del nombramiento del tercer magistrado es del Órgano Ejecutivo, que ha omitido hasta ahora ejercer es facultad.

Esta omisión, como se ha dicho, limita la gestión del Tribunal, pero lo que es más grave, manda un mensaje negativo a los organismos internacionales que califican al país en materia de ejercicio del servicio civil, omisión que se suma a iniciativas como reformar la Ley de Carrera Administrativa sin análisis técnicos previos, desmejorando algunos derechos adquiridos de los servidores públicos, todo lo cual no habla bien de nuestro país en el plano internacional, lo que sin dudas forma parte de las causas de que nos califiquen como un Estado sin buenas prácticas en la administración pública.

Designar al tercer magistrado en el Tribunal Administrativo de la Función Pública sería, sin dudas, un mensaje positivo al país y a la comunidad internacional, acerca del interés en hacer una buena administración pública, como nos comprometimos en la Carta Iberoamericana de la Función Pública en 2003 y en 2013, ante la comunidad de Estados Iberoamericanos, a la vez que construir credibilidad sobre imparcialidad y compromiso con el país.

* El autor es sindicalista y secretario general de Asociación de Servidores Públicos de la Autoridad de los Recursos Acuáticos de Panamá (ARAP)
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