• 31/03/2023 00:00

Cuestiones de la regulación laboral: Proyecto de ley 944

“[...] con las regulaciones parece que no se toma en cuenta que la calidad del trabajo del empleado depende de sus facultades, incluso del mercado”

En Panamá, al igual que leyes y decretos, desde 1971, el Código de Trabajo regula cualquier relación entre trabajo y capital, “buscando la justicia social, igualdad y equidad, mediante la intervención del Estado” (detalla su Artículo 1). El panameño ha encontrado auxilio y refugio en las regulaciones laborales, hoy más que nunca, por los tiempos que estamos viviendo que han llevado a una crisis económica, poniendo toda su fe-voluntad en manos del Estado. La vida parece complicarse: el trabajo (¿dinero?) se ha vuelto algo muy preciado. En esta columna, cuestionaré la regulación en la contratación laboral en específico, y usaré de ejemplo práctico al polémico Proyecto de Ley 944.

Primero, la igualdad. La idea de “igualdad o justicia social”, atacando la desigualdad, busca la igualdad mediante la ley: rompe la igualdad ante la ley, justa y legítima, que dictamina mismas reglas de juego para todos. La igualdad de oportunidades, mediante la ley, está en contra de la realidad de la naturaleza; no considera factores externos que afectan las oportunidades que tiene cada individuo. Cada persona nace con habilidades inherentes, pudiendo adquirir muchas otras en su vida, que las usa en oportunidades; justamente el Gobierno, buscando levantar a los débiles, dando oportunidades artificialmente, mediante regulaciones, falla: el Estado termina igualando y nivelando capacidades de alto nivel a niveles más bajos. Hay un conflicto “Buenismo vs. Realidad”; todo se trata de justicia y bien común. Levíticos 19:15 dice: “No harás injusticia en el juicio, ni favoreciendo al pobre ni complaciendo al grande; con justicia juzgarás a tu prójimo”.

Lo natural es que las oportunidades sean creadas por los individuos: una persona usará sus habilidades o desarrollará otras nuevas mediante el aprendizaje, buscando aprovechar y crear oportunidades donde no las hay. ¿No sería propicio tratar la igualdad bajo la idea de “libertad de oportunidades”, en la que sí aplica la igualdad ante la ley? Las oportunidades llevan al individuo a explotarse (en el buen sentido) él mismo y mejorar como persona; la utilización de lo poco que se tiene ayuda a construir algo más grande que generará resultados y frutos, exponencialmente; de forma espontánea sin interferencia artificial, el fruto de oportunidades aprovechadas generará otras nuevas, siendo un ciclo en constante mejora. En la explotación de oportunidades todos nos beneficiamos, poniendo en acción nuestras capacidades en un bien común: una ganancia global.

Segundo, competencia y mercado. En el mercado es donde los consumidores acuden en busca del mejor producto/servicio, donde empresarios y productores se atienen a los deseos del prójimo, según la oferta y demanda. En base a las regulaciones en contratación, las empresas se encuentran en un dilema. En el campo laboral existe diversidad de trabajos; cada uno requiere facultades innatas o adquiridas del empleado. Pues, con las regulaciones parece que no se toma en cuenta que la calidad del trabajo del empleado depende de sus facultades, incluso del mercado. Las empresas no buscan trabajadores generales, sino trabajadores específicos capaces de realizar determinadas tareas, para producir lo que interesa.

De forma más detallada del impacto de las regulaciones en un negocio, al ser el trabajo un factor de producción, ocurre un retraso en la acumulación de capital y demora del incremento de productividad marginal del trabajo y el aumento de salarios (eso es otro tema). Además, aislando trabajos específicos mediante ley, los miembros de un grupo conseguirán empleo a expensas del empleo de miembros de otros grupos; va contra la competencia, que permite que cada uno pueda estar en el puesto que quiera, suprimiendo el derecho de vender con libertad la capacidad laboral. Desde la Creación, Dios predestinó el trabajo para darle al hombre algo digno para hacer y ser de bendición para otros; superarse y mejorar como personas, compitiendo con buen corazón y honestidad.

El ejemplo del Proyecto de Ley 944: “que regula el ejercicio de la profesión de tecnólogo médico en la República de Panamá y dicta otras disposiciones”. Importan aquí de dicho proyecto de ley ciertos artículos sobre regulación en la contratación laboral en diversos puestos, por mencionar el 3, 19, 23 y 24: en resumen, menoscaba competencias laborales y académicas (señala Cobiopa). Es una realidad, respecto a lo antes argumentado. Se están aislando y monopolizando trabajos; los puestos mencionados en dichos artículos se adjudican a tecnólogos médicos, cuando los puede tomar cualquier persona con experiencia en dicha área (sector ambiental, vegetal, animal y salud humana, y otros como administración, comercio y logística). Para concluir, este cuestionamiento no viene de mala intención, sino para la buena convivencia, justicia y armonía entre profesiones, y resolver dificultades de otras formas.

Estudiante de Biología de la UP, miembro de JUIA.
Lo Nuevo
comments powered by Disqus