La Policía Nacional aprehendió al alcalde electo de Pocrí por presunto peculado, tras una investigación relacionada con proyectos no ejecutados del Conades...
- 28/07/2020 00:00
Un fallo, nuestras instituciones y la memoria histórica de Panamá
En días pasados, en medio de la peor fase de la pandemia de la COVID -19, con una crisis económica galopante y en cuarentena estricta, supimos los panameños, por los medios, que la Corte Suprema de Justicia (CSJ) había fallado como inconstitucional el artículo 6 de la Ley 37 de 2015, respecto a la obligatoriedad de la enseñanza del curso de Historia de las Relaciones entre Panamá y los Estados Unidos.
Los argumentos del fallo, sorprendentemente, no asumen la causa del demandante sobre la violación a la autonomía universitaria, sino que echa mano de otros, como el relativo al procedimiento incorrecto de su aprobación en la Asamblea Nacional (AN) y de que la Ley no debiera regular a las políticas públicas, sino emanar de ellas.
¿A qué está jugando la AN cuando incumple procedimientos para aprobar sus leyes? ¿A qué juega la CSJ cuando declara la inconstitucionalidad de una materia de Historia por razones externas a lo demandado? ¿A qué juega la Universidad de Panamá cuando ataca uno de los bastiones académicos más simbólicos de las luchas nacionalistas de su estudiantado?
Las constituciones son la expresión de mayor jerarquía jurídica de los valores de una sociedad. Por esta razón ellas mismas son también documentos históricos sobre la construcción del Estado Nacional y su sistema de valores en torno a la búsqueda de la felicidad, la justicia, la libertad y los derechos humanos (de individuos, clases sociales, grupos étnicos, de género y de la colectividad en general).
En este nivel de pensamiento, el fallo que nos ocupa resulta decepcionante desde todo punto de vista: por deslucido académicamente, porque no ofrece una lección inspiradora, no corrige entuertos ni mucho menos defiende el bien supremo de la Nación Panameña que en este caso es el derecho a la memoria histórica de nuestro pueblo; el acceso de nuestra juventud a la historia de las relaciones de colonialismo entre Panamá y Estados Unidos, cuyo ciclo no ha concluido; el derecho a la educación con espíritu crítico y al fortalecimiento de su sentido de identidad nacional.
En vez de elevarse hacia lo principal y más noble entre los principios en conflicto por la demanda respectiva, este fallo se desvía hacia argumentos secundarios y procedimentales, esquivando la defensa de los principios fundamentales de la Nación.
Como si lo anterior fuera poco, la versada opinión del procurador administrativo de la Nación, licenciado Rigoberto González Montenegro, y la sustentación de salvamento de voto del magistrado Cecilio Cedalise Riquelme, demuestran que la Ley 37 de 2015 no viola la autonomía universitaria por cuanto no invade su territorio físico ni sus derechos a administrar su patrimonio, a nombrar o remover su personal administrativo o académico ni tampoco atenta a su autonomía académica. Además, aclaran, ambos ilustrados funcionarios, que la autonomía universitaria no se eleva por encima de los Órganos del Estado y que debe ser ejercida dentro del margen de las leyes. Y que la Ley 37 coadyuva en la obligación constitucional de la Universidad de Panamá de salvaguardar, difundir y fiscalizar en la educación panameña la conciencia nacional basada en el conocimiento de la historia, geografía y los problemas de la patria, estableciendo que esta difusión académica de nuestra cultura e historia deberá realizarse a través de planes académicos universitarios, como estipula el artículo 91 de la Constitución Nacional sobre EDUCACIÓN.
Las consecuencias de este fallo amenazarán a la continuidad de la Escuela de Historia y el relevo generacional de historiadores en el país, como ocurrió durante la administración del presidente Ricardo Martinelli y de su ministra de Educación Lucy Molinar, cuando decidieron eliminar la asignatura (debido a la contracción del mercado laboral para los profesores de Historia y no porque la historia fuera aburrida).
Al final, este fallo tendrá un impacto devastador en la memoria histórica en nuestros jóvenes, ahora y en futuras generaciones; generando carencias significativas en la formación cívica y nacionalista frente a los afanes de los imperios (actuales y por venir) para hacerse del control de la ruta interoceánica; con la pérdida de conocimiento sobre los logros alcanzados a través del largo recorrido histórico de los panameños en el pasado y de su potencial frente al futuro de la Nación.
Tan valioso legado de sabiduría, diplomacia y heroísmo del pueblo panameño, mensaje fundamental de la Asignatura de Historia de la Relaciones entre Panamá y Estados Unidos, de un plumazo ha quedado herido de muerte… para echarlo al olvido.