• 20/09/2015 02:00

Fundamento para suspender contrato de minera (I)

El Ministro de Comercio e Industrias ha hecho pública su preocupación por la concesión que tiene la empresa Agregados Especializados

El Ministro de Comercio e Industrias ha hecho pública su preocupación por la concesión que tiene la empresa Agregados Especializados, S.A., para extraer tierra caliza en una zona del corregimiento de Chilibre, que es parte del Parque Nacional Chagres. El contrato de concesión se formalizó en el año 1983, antes de que esta zona fuera declarada como Parque Nacional Chagres, mediante Decreto Ejecutivo No. 73 del 2 de octubre de 1984. Y en el año 2013 se le otorgó una prórroga por 20 años más.

La razón de convertir esta zona en un área protegida fue para preservar el bosque natural que produce agua en cantidad y calidad suficiente para el funcionamiento del Canal de Panamá. Y más importante aún, es el hecho de que esta reserva natural garantiza el suministro de agua potable para las ciudades de Panamá, Colón y parte de Panamá Oeste. Igualmente, garantiza la generación de electricidad en parte de las ciudades de Panamá y Colón.

A inicios del año 2014 hubo protestas y serios cuestionamientos en contra de la empresa que tiene la concesión, porque metió maquinarias pesadas al Parque Nacional Chagres y taló varias hectáreas de bosque, con el supuesto fin de extraer piedra caliza, uno de los componentes principales para elaborar el cemento. Parte de los cuestionamientos de los ambientalistas es que esta actividad minera genera contaminación y sedimentación en los ríos que desembocan en el lago Alajuela, y se está afectando uno de los pocos pulmones que queda en el país.

Frente a la incompatibilidad de esta actividad minera dentro de un Parque Nacional, el ministro Melitón Arrocha está buscando el mecanismo legal para rescindir el contrato que autoriza la actividad minera. Es evidente que, conforme a la norma que constituyó el área protegida, no se debió prorrogar el contrato. Y, desde la óptica civilista, este error es imputable al Estado. Consecuentemente, si el Ministerio de Comercio rescinde el contrato, de seguro que la empresa, con base en la Seguridad Jurídica, terminará demandando al Estado por los daños y perjuicios que sufra por este acto administrativo. Sigue mañana...

*PRESIDENTE DE LA FUNDACIÓN GUARDIANES DEL AMBIENTE.

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