• 17/06/2026 00:00

La deuda de Panamá con el Sistema Interamericano

Encuentra más de nuestra cobertura en los resultados de búsqueda.

Agrega La Estrella en Google ↗️

Panamá es sede de la Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos (OEA) del 22 al 24 de junio de 2026 como establece la resolución AG/RES. 3049 (LV-O/25). Este hecho es muestra del firme compromiso de Panamá con los propósitos y principios consagrados en la Carta de la OEA, en palabras de la resolución. No obstante, nos surge la pregunta: ¿en la práctica este compromiso es visible? Pues mientras el país se prepara para ser su anfitrión, mantiene sin ratificar tres convenciones y no ha realizado cambios estructurales en derechos humanos.

El multilateralismo es la columna vertebral de nuestra política exterior, que, como toda columna vertebral, cumple dos funciones: sostiene el cuerpo y transmite sus impulsos al resto del organismo. Esta estructura no es nueva, pues Panamá fue uno de los 50 países fundadores de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) en 1945, y aportó a la elaboración de la Declaración Universal de Derechos Humanos.

Así mismo, este multilateralismo se desarrolló como columna vertebral para sostener nuestra identidad nacional como canaleros y transmitir los impulsos necesarios para accionar en favor de nuestro reclamo de soberanía. Esto es evidente tras los hechos del 9 de enero de 1964, cuando Panamá recurrió al multilateralismo para lidiar con los Estados Unidos (EEUU), en un contexto de rupturas diplomáticas, en el que los mecanismos de la OEA y la ONU fueron la apuesta de un país pequeño frente a una potencia global. Esta vía logró el respaldo de los miembros del Consejo de Seguridad a negociar un nuevo tratado que, pese al veto de EEUU, contribuyó a la posterior firma de los tratados Torrijos-Carter y la transferencia del Canal.

Hoy seguimos apostando por esto. Esta Asamblea General conmemora el Bicentenario del Congreso Anfictiónico de Panamá de 1826, que “sentó las bases del multilateralismo en el hemisferio”, como señala la resolución AG/RES. 3049 (LV-O/25).

No obstante, aunque el multilateralismo hoy sostiene hacia afuera discursos de compromiso con los derechos humanos, no es capaz de dar órdenes a sus músculos institucionales para moverse a lo interno y garantizar derechos humanos a todos sus ciudadanos.

El compromiso de Panamá con el sistema interamericano es parte de la política exterior hoy, algo que vemos en la visión del canciller Javier Martínez-Acha describiendo a nuestro país como “un hub de principios”, donde “el compromiso del Estado con el sistema interamericano no es retórico, sino operativo”. Así lo planteó en el 189.º período ordinario de sesiones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH).

Aunque Panamá no ha cumplido de forma íntegra con sus sentencias de la Corte IDH, es un país considerado cumplidor según el propio presidente de la Corte IDH. Sin embargo, una cosa es cumplir parcialmente con sentencias dictadas y otra distinta es adecuar estructuras internas a los estándares interamericanos de derechos humanos. Y es que el compromiso de Panamá se diluye en su aplicabilidad interna, en dos niveles: no ratifica las convenciones que lo obligarían y no adecúa sus estructuras internas.

El fallo de Panamá en estos dos niveles puede verse con claridad. En 2014 Panamá firmó la Convención Interamericana contra Toda Forma de Discriminación e Intolerancia y la Convención Interamericana contra el Racismo, la Discriminación Racial y Formas Conexas de Intolerancia; en 2015 la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores, pero no ha ratificado ninguna. Por otro lado, en 2017 la Corte IDH se pronunció mediante la Opinión Consultiva OC-24/17 que establece que los Estados parte deben garantizar el acceso al matrimonio a las parejas del mismo sexo; sin embargo, en 2023 la Corte Suprema de Panamá publicó una sentencia que declaró la constitucionalidad de las normas que limitan los matrimonios civiles solamente a aquellos conformados por personas de sexo opuesto, acción que fue descrita por la CIDH como un impacto negativo para los principios de igualdad y no discriminación, en comunicado de prensa No. 047/23.

Los principios de igualdad y no discriminación de la Convención Americana sobre Derechos Humanos no caben en el “hub de principios” de Panamá; al menos, eso indican las acciones. Y se trata de un país que, en el artículo 4 de su Constitución Política, establece que “acata las normas del Derecho Internacional”.

De modo que Panamá tiene además una deuda con sus ciudadanos en el reconocimiento de sus derechos, una deuda constitucional. Aunque Panamá plantea en su discurso un compromiso con el sistema interamericano, esta ambición se queda corta cuando, como Estado, decidimos no ratificar los instrumentos que nos obligan ni adecuar nuestras estructuras internas en materia de derechos humanos. En ese sentido, nos preguntamos: ¿puede una columna vertebral que solo mantiene la postura de cara al hemisferio ponerse en movimiento por los derechos de todos sus ciudadanos?

* El autor es investigador asociado de CIEPS
Lo Nuevo