• 10/04/2026 00:00

La justicia debe prevalecer

En marcha un proceso sin pie ni cabeza que intenta disolver una organización sindical con 53 años de trayectoria, luchando por los derechos laborales y sociales de los obreros de la construcción, inmerso en la lucha de los sectores sociales y patrióticos de nuestro país. Mulino y su ministra de Trabajo han arremetido un proceso ilegal contra el Suntracs, donde intentan, a través de un plumazo, eliminar un referente de lucha que ha alcanzado reivindicaciones importantes: ley de seguridad y salud ocupacional para el obrero de la construcción, el mayor nivel de salario por convención colectiva en el país, procesos de formación y capacitación de los trabajadores, locales del sindicato en todas las provincias, seguro colectivo, entrega de útiles escolares para hijos de los obreros, apoyo para funerales.

Hemos luchado por el respeto y la dignidad del obrero de la construcción desde 1972 cuando nos organizamos. Esto incomoda a algunos sectores empresariales; y al ser este un gobierno empresarial -y de nadie más- y seguir directrices de Trump, como lo admitió el embajador de Estados Unidos en Panamá. No titubeó en judicializar, perseguir y encarcelar a nuestros dirigentes, cerrar las cuentas bancarias y la cooperativa, allanar nuestros locales, promover el sindicalismo amarillo e intentar obligar a los obreros afiliarse a los mismos. Todo un proceso de lawfare (guerra jurídica) por parte de un gobierno autoritario, represivo, que pretende conculcar derechos, en ello el derecho a la organización y movilización.

El Mitradel inició en julio de 2025 un proceso para la disolución del Suntracs, argumentando el desvío de sus fines sindicales, como caso establece los hechos de 2022. Ese año un pueblo se volcó a las calles contra el alza del precio del combustible y el incremento del costo de vida ¿atañe ello al movimiento sindical? Claro que sí, el aumento de los precios de los bienes y servicios eleva el costo de la canasta de necesidades básicas, provocando una reducción del salario real. No nos alejamos de nuestros objetivos, por el contrario, caminamos a su pleno alcance como corresponde.

La OIT ha sido contundente, asiste el derecho a la organización, a la defensa de los intereses laborales y sindicales. El Informes del Comité de Libertad Sindical 413 de la OIT dejará clara sus recomendaciones al Consejo de Administración, recomendando al gobierno panameño realizar todos los esfuerzos necesarios a fin de identificar y sancionar a los autores materiales e intelectuales del incendio en las instalaciones del Suntracs; reitera la importancia de que el Gobierno garantice que los dirigentes sindicales no sean expuestos a riesgos por la realización de actividades sindicales legítimas; que brinde informaciones detalladas sobre los resultados de las investigaciones con relación a los 83 manifestantes contra los que se levantaron cargos por la presunta comisión de diversos delitos en el marco de las manifestaciones del 12 de febrero de 2025 en contra de la Ley 462; pide al Gobierno que brinde de manera urgente informaciones detalladas sobre las razones y resultados de las investigaciones en curso contra los directivos del Suntracs (Saúl Méndez, Jaime Caballero, Genaro López, Erasmo Cerrud, Ariel Rodríguez, entre otros), a quiénes se les ha formulado acusación por diversos delitos; que brinde informaciones detalladas sobre los alegatos de las organizaciones sindicales relativos al allanamiento de locales sindicales del Suntracs.

Además, señala que el Comité espera que las denuncias presentadas ante la Superintendencia de Bancos de Panamá se resuelvan con prontitud y que, en ausencia de una decisión de una autoridad competente que dicte lo contrario, se tomarán medidas inmediatas a fin de garantizar al Suntracs la plena disposición de sus fondos y la operatividad de sus cuentas en el sistema financiero.

El Comité pide al Gobierno que se asegure que las acciones de supervisión o suspensión del uso de los fondos para la capacitación sindical del Fondo de Seguro Educativo y las auditorías realizadas al uso de estos fondos a cargo del Mitradel o la Procuraduría General de la Nación no impliquen restricciones al derecho que tienen las organizaciones de trabajadores de ejercer libremente sus actividades sindicales legítimas y de organizar su administración. Pide que brinde mayores detalles sobre los motivos de disolución administrativa de la Cooperativa de Servicios Múltiples Suntracs R. L. El informe es contundente “recordando que la disolución de organizaciones sindicales es una medida que solo debería producirse en casos de extrema gravedad”, el Comité confía en que las conclusiones del presente caso serán debidamente tomadas en cuenta”.

Finalmente, el Comité insta al Gobierno a que, a la espera de los distintos procesos judiciales en curso, tome todas las medidas necesarias para que el Suntracs, principal sindicato nacional de la construcción y firmante de la convención colectiva sectorial desde 1974, pueda ejercer todas sus actividades normales de promoción y defensa de los intereses de sus miembros.

* Conusi-Frenadeso
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