El costo de la canasta básica enfrenta una presión dual: el incremento sostenido en los fletes por el alza de los combustibles y la irregularidad en los...
”Toda persona miembro de la sociedad tiene derecho a la seguridad social”, especialmente, los niños, los adultos mayores y las mujeres (ONU).
El proyecto de Ley número 491 “Que promueve un Fondo para la equiparación del ingreso de jubilados y pensionados, cuyo pago sea inferior a los $600.00 y dicta otras disposiciones” ronda por los retorcidos ámbitos del Órgano Legislativo desde hace más de siete (7) meses.
En efecto, el anteproyecto de ley fue presentado por la HD Grace Hernández, en la Comisión de Economía y Finanzas de la Asamblea Nacional, el 3 de septiembre de 2025, prohijado y asignado con el número 189 el 14 de enero de 2026 y aprobado en primer debate el 18 de marzo de 2026.
El informe de la Comisión de Economía y Finanzas fue enviado al pleno para que fuera sometido a segundo y tercer debate, el 26 de marzo de este año, acompañado del “texto único” con el número de proyecto de ley 491.
En la discusión del primer debate, el 18 de marzo, con la presencia de un gran número de jubilados, el proyecto fue transformado totalmente, destacando el nuevo título: “Que promueve un Fondo para la equiparación del ingreso de jubilados y pensionados, cuyo pago sea inferior a $600.00 y dicta otras disposiciones”; la equiparación se modificó y consistió en el paso de un monto de $450.00 en el anteproyecto de ley 189, a $600.00 en el proyecto de ley 491.
Adicionalmente, hubo cambios fundamentales como la creación de un fideicomiso como mecanismo de “provisión social para financiar el ingreso complementario a jubilados y pensionados”.
También la fuente de financiamiento del 10% de las concesiones de servicios de telecomunicaciones, los comisionados, dispusieron que la nueva fuente de financiamiento fuera una tasa de $1.50 por “TEU” (contenedor de 20 pies). Además, de fijar el calendario de la entrada en vigencia de la norma.
Sin embargo, a pesar de ser una ley más robusta, pues, de una iniciativa legislativa de 4 artículos pasó a 13, no deja de motivar algunas aprehensiones y hasta suspicacias.
Por ejemplo, en el Informe de la Comisión de Economía y Finanzas, que preside el HD Eduardo Gaitán, sospechosamente, no se solicita al pleno otorgar “urgencia notoria” a la discusión del proyecto de ley 491, hecho que ha provocado que este haya sido lanzado al oscuro fondo del orden del día del pleno de la Asamblea Nacional (punto 118).
Por otro lado, uno de los líderes de los tantos grupos de adultos mayores, en descanso laboral, me comentó que el proyecto de ley 491 no cuenta con los votos para ser aprobado en la Asamblea porque dicen que el señor Presidente de la República objeta dicha normativa.
Y, preguntó ¿por qué la objeta? ¿Será porque sus intereses particulares vinculados al sector marítimo están por encima del interés común de 95,000 jubilados que hoy viven en pobreza multidimensional? ¡Así de sencilla es la cosa!