• 24/05/2023 00:00

Entre preguntas, valores, y monedas

“[…] ¿debe prohibirse la utilización de las monedas virtuales, o debe regularse?”

La culminación de la guerra Ucrania - Rusia, los efectos del cambio climático, la escasez de alimentos, son realidades de nuestro incierto futuro. Adicional y tal vez por la cercanía a El Salvador, donde las monedas son el dólar estadounidense y el Bitcoin, presentamos la inquietud de la circulación de este último en Panamá. Hay que reconocer que la principal moneda del mundo es el dólar estadounidense, por medio del cual se determina el precio de los artículos más requeridos por el comercio internacional.

Vemos que a partir del año 2009 se inicia el funcionamiento de la primera red basada en el protocolo Bitcoin, dando origen a las criptomonedas, reconociendo que éstas son el género y los bitcoins son la especie. El funcionamiento del bitcoin se produce por una red de ordenadores descentralizada, donde cada ordenador es un nodo y estos están repartidos en todo el mundo, en ellos se realizan de forma que la red sea capaz de respaldarse a sí misma a la hora de guardar los cambios. Además de que la información navega por esta red de navegadores protegida por la criptografía y que la fecha y las transacciones son resistentes a la modificación de datos, y por grandes plataformas que cuentan con muchos usuarios, que se conocen como “wallets”, que pueden adquirir las monedas virtuales.

Ventajas y desventajas existen, entre las primeras se recuerda que se puede comprar y vender de forma “online”, además de que el mercado de criptomonedas está siempre a disposición y desde luego hay desventajas de posibilidad de fraudes y la actividad del mercado negro.

Países como Japón, mantienen legal la circulación de criptomonedas y los servicios financieros tienen la autoridad para regular el mercado de las mismas. Estados Unidos de Norteamérica, como potencia mundial, la utiliza de forma normal, en Dinamarca, país que intenta eliminar el papel moneda, además fue el primer país en donde se han realizado compras de bienes raíces por medio del bitcoin, y además su Tribunal Supremo estableció que las personas que obtengan ganancias vendiendo bitcoin deben pagar impuestos.

En lo que respecta a Corea del Sur, el Gobierno adoptó un sistema para evitar el lavado de dinero, impidiendo la compraventa con cuentas anónimas. En el Reino Unido se cuenta con más de 40 cajeros automáticos bitcoin. Sabido es que en El Salvador, el bitcoin se convirtió en moneda de curso legal.

Panamá, en el 2018, obtuvo de la Superintendencia de Bancos un Comunicado que en lo medular señala: “que se debe mantener precaución con las monedas virtuales” y que actualmente no existe regulación específica y que las actividades que se desarrollen a través de este instrumento no caen dentro de su competencia.

Ya en la Asamblea Nacional existió el Proyecto de Ley No. 697, que tuvo un debate legislativo y posteriormente fue vetado parcialmente por el Ejecutivo. Pero la pregunta permanece, ¿debe prohibirse la utilización de las monedas virtuales, o debe regularse?

Docente universitario.
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