• 27/09/2022 00:00

Prohibición de la prueba trasladada en el sistema penal acusatorio en Panamá

Prohibición de la prueba trasladada en el sistema penal acusatorio en Panamá

Panamá mediante la Ley 68 de 28 de agosto del 2008, se aleja de un sistema tradicional inquisitivo, y adopta un sistema de corte adversarial, llamado “Sistema Penal Acusatorio”; por lo que la prueba se considera como el núcleo del proceso en el sistema adversarial.

En la legislación panameña no se regula normas especificas referentes a la prueba trasladada, sin embargo, la naturaleza del sistema de corte adversarial y la prevalencia de los principios indican de manera diáfana, la potencial prohibición de la prueba trasladada, cuando no ha sido confrontada por las contrapartes.

Desde el inicio del sistema, hay carencia en cuanto a la develación de las pruebas del fiscal, querellantes y la defensa (artículo 346 del c.p.p), debido al análisis que se debe realizar para su admisibilidad o exclusión. Lo cierto es, que, conforme a los principios de inmediación, contradicción, bilateralidad, estricta igualdad de parte y derecho a la defensa, la prueba debe practicarse con la intervención de las partes para que pueda ser confrontada y así se respete el derecho de controvertirla en el proceso.

Se ha dado en ocasiones, que las partes trasladan pruebas de un proceso a otro en donde la parte acusada no tuvo el derecho de controvertirla y esta fue admitida por el juez sin haber realizado el control debido y advertir la prohibición de la prueba trasladada.

La doctrina nos enseña, que las pruebas practicadas válidamente en un proceso, pueden trasladarse a otro siempre y cuando en el proceso primitivo se hubieran practicado a petición de la parte contra quien se aduce o con audiencia de ella; es decir, la prueba trasladada cobra validez, cuando gravita el principio de bilateralidad siendo introducida con intervención controlada de la parte contra quien se intenta utilizar.

La prueba se puede recibirse desde ángulos diversos, y es que puede considerarse como una actividad lógica y material orientada en el mismo sentido de la realidad que se trata de averiguar, esto es, como operación y esfuerzo amparados en una verdad, es la prueba fin. Pero también puede valorarse como el conjunto particular de recursos que pueden utilizarse para obtener aquella denostación ya que la prueba media aquí interesa la prueba como medio. En este sentido y desde el Derecho romano existe un elaborado doctrinal, recibida en la legislación, acerca de los medios de prueba, que se ha circunscrito a la clasificación de los medios en cuatro grandes grupos; la confesión del adversario; la prueba de testigos, la prueba conjetural por presunción, y la prueba documental. La excelencia moral es el resultado del hábito, en donde nos volvemos justos realizando actos de justicia; templados, realizando actos de templanza; valientes realizando actos de valentía. (Espasa, 2001).

En el sistema judicial debemos tener claro, que para resolver una investigación criminal, debemos saber cómo dirigir la investigación científica y la obtención de las pruebas, es por ello, que el investigador debe conocer el método científico y su ruta de investigación para poder saber cómo llevar su caso y así poder satisfacer los fines de la investigación, no solo para la víctima, sino también para la sociedad, no dejando ese amargo sabor de impotencia de impunidad o injusticia que siente el pueblo panameño.

El esquema del proyecto debe tener bien planteado el objetivo general de la investigación criminal, por ejemplo; Analizar la gestión clara para fortalecer los aspectos fundamentales a la investigación; el planteamiento del problema, es decir; Que conducta dentro de los verbos rectores se ha infringido y se debe investigar, ¿por qué, y para qué?, de donde voy a partir para la investigación y a donde pretendo llegar para resolver el problema planteado; el objetivo específico dentro de la investigación, consistirá en el propósito que se pretende llegar en la investigación exponiendo de manera clara y precisa los alcances y resultados que se desean obtener en las diferentes etapas o fases de la investigación; las variables de la investigación ( Dependiente, independiente o interviniente), esto va formar una serie de hipótesis de la investigación, lo cual, nos va a llevar a entender si la investigación debe ser cualitativa, cuantitativa o mixta, descriptiva, exploratoria, documental observacional entre otras, además verificar cuanto influye la variable independiente en la dependiente, o en la variable interviniente que no es más que aquella, que se interpone entre la variable independiente y la variable dependiente, trayendo confiabilidad a la investigación; en este sentido, se debe tener la Dimensión en la investigación, la cual va a buscar los tipos de estrategias en la investigación; y el instrumento el cual es el mecanismo licito y legal con que se obtenga la prueba.

Profesor de la Extensión Universitaria de Bocas del Toro

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