• 19/08/2016 02:02

Constituyente: a buena hora para la UP

En fecha reciente, el Colegio Nacional de Abogado instaló la comisión que dará seguimiento al apremiante tema constitucional

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En fecha reciente, el Colegio Nacional de Abogado instaló la comisión que dará seguimiento al apremiante tema constitucional. Una nueva Ley Fundamental que reoriente el camino que debe seguir el Estado, y la misma sociedad, es más que perentoria y abre, como es para el caso de la educación superior, la posibilidad real de fortalecer tan importante actividad estratégica para la nación.

La Constitución Política de 1946, es la primera que se refiere a la ‘Universidad oficial '. Además de estipular, en el artículo 86, el principio de la autonomía, estableció, en el 87, que ‘el Estado dotará de lo indispensable para su instalación, funcionamiento y desarrollo futuro '.

Con el golpe de Estado militar se promulga, en 1972, una nueva Constitución. Es la que está vigente con los actos reformatorios de 1982 (‘apertura democrática ' con ‘repliegue militar '). Le sigue las reformas de 1994, del Gobierno de Ernesto Pérez Balladares. Con este acto, se aprueba un título del Canal de Panamá y se ‘desmilitariza ', se prohíbe el ejército. Para 2004, el Gobierno de Martín Torrijos introduce nuevas modificaciones sin variar los soportes reales implicados en la misma.

El precepto que viene desde 1946 respecto a la ‘Universidad Oficial ', en el sentido de que ‘el Estado dotará de lo indispensable... ', se ha mantenido sin variación a lo largo de la historia constitucional. Valga señalar que a partir de este año, los legisladores resguardaron, a través de ley, las finanzas de la institución. Se estableció que ‘las partidas de funcionamiento no podían ser inferiores al monto del año anterior '. Este enunciado, sin embargo, desaparece con el fallo de la Corte Suprema de Justicia del 9 de agosto de 2000 que declaró inconstitucional esta frase del artículo 63 de la Ley 11 de 1981.

La crisis se hizo presente. Entre 2002 y 2003 el presupuesto fue disminuido en seis millones de balboas. Y desde entonces, cada año en que se discute el Presupuesto General, late la preocupación respecto a las cuantías destinadas a la Universidad de Panamá. En el 2014, por ejemplo, en medio del proceso electoral, el presupuesto de la Vicerrectoría de Investigación y Postgrado fue reducido en más de un millón de dólares, precisamente porque las expectativas presupuestarias presentadas por la institución no fueron satisfechas. En 2015 el manejo de las finanzas de la institución ha sido altamente complicado.

Garantizar un ‘buen presupuesto ' y que este tenga su sostenibilidad en la Constitución, va a fortalecer las proyecciones que tiene la institución en el escenario nacional, favoreciendo el ingreso de todos los estratos sociales sin importar las condiciones económicas; de una universidad que compite en el mundo de las instituciones académicas con el menor costo en matrícula para los que ingresan; pero que compite, también, en calidad, en tanto posee el personal académico de alta calificación.

La experiencia de los países vecinos es aleccionadora. Hay, en sus constituciones, una definición progresiva y de sostenibilidad presupuestaria a través de un porcentaje del Presupuesto General del Estado.

La constituyente debe motivar el interés en los universitarios de resguardar, por esta vía, el futuro financiero de nuestras universidades públicas.

Siendo así, la constituyente, como mecanismo, no solo se reduce a la posibilidad de mejorar de fondo los mecanismos de poder institucional que esta ha de definir, sino que con ella la nueva Constitución se podría estructurar un camino nuevo de cómo atender asuntos que son estratégicos para la sociedad, como lo son la educación, la ciencia, la tecnología y el desarrollo.

DOCENTE DEL CRU DE COLÓN.

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