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Pago del Cepanim a jubilados: ¿quiénes tienen derecho al desembolso?
- 10/02/2026 11:03
El Gobierno de Panamá realizará en junio de 2026 el pago de los intereses por mora derivados de la retención de la segunda partida del décimo tercer mes, correspondiente al período 1972–1983, a favor de servidores públicos y trabajadores del sector privado, conforme a lo dispuesto en la Ley No. 506.
El artículo 6 de dicha normativa establece que, en caso de fallecimiento del beneficiario, el derecho al cobro se transferirá a sus herederos sin necesidad de iniciar un proceso de sucesión, lo que simplifica el trámite legal para las familias.
La ley también fija un orden de prioridad para recibir el pago. En primer lugar, el derecho corresponde al cónyuge sobreviviente que no esté separado de cuerpo ni divorciado mediante sentencia firme, o al conviviente, siempre que se trate de una unión de hecho debidamente comprobada.
En ausencia de cónyuge o conviviente, el beneficio será otorgado al hijo que demuestre haber estado a cargo del beneficiario. Si no existiera un hijo encargado, el pago se distribuirá en partes iguales entre todos los hijos sobrevivientes.
La Ley 506 al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) para programar el pago de los intereses por mora generados por la retención de la segunda partida del décimo tercer mes, aplicando la tasa fijada en la norma. El cálculo cubre un período de 34 años, desde 1983, cuando se efectuó la retención, hasta la entrada en vigencia de la Ley 15 de 2017.
Para asegurar el cumplimiento de este pago, la Contraloría General de la República emitirá Certificados de Pago Negociables por el Interés por Mora (Cepanim), documentos nominativos que podrán ser transferidos mediante endoso. Estos certificados no estarán sujetos a impuestos ni a embargos, y su tenedor será reconocido como legítimo beneficiario.
La normativa también establece que el Banco Nacional de Panamá será el encargado de efectuar los pagos, los cuales se realizarán en balboas. El vencimiento final de los Cepanim será definido por el Ministerio de Economía y Finanzas, conforme a la programación financiera del Estado.
Con esta disposición, el Gobierno busca resarcir una obligación pendiente por décadas y dar cierre a un reclamo histórico vinculado al décimo tercer mes.
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