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Pago de intereses por décimos retenidos se realizará en junio, según Ley No. 506
- 20/01/2026 15:06
El Estado panameño cumplirá con el pago de los intereses por mora derivados de la retención de la segunda partida del décimo tercer mes correspondiente al período entre 1972 y 1983, en beneficio de exservidores públicos y trabajadores del sector privado, conforme a lo establecido en la Ley No. 506.
El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) detalló que la entrega de los certificados de pago está programada para junio de 2026.
El ministro de Economía y Finanzas, Felipe Chapman, informó que esta obligación ha sido reconocida legalmente y cuenta con sustento jurídico en la Ley No. 727 de 2021, así como en un fallo de la Corte Suprema de Justicia emitido en la segunda mitad de 2025, el cual respalda el derecho de los afectados a recibir la compensación correspondiente.
Chapman explicó que el pago se realizará mediante certificados de pago negociables por concepto de intereses por mora, los cuales poseen valor económico real, son transferibles, están exentos de impuestos y no pueden ser objeto de embargo.
El MEF detalló que el pago se llevará a cabo de forma ordenada, escalonada y digital, con un sistema de citas que permitirá evitar filas, aglomeraciones y riesgos a la salud. El proceso dará prioridad a jubilados y adultos mayores.
Con la implementación de esta medida, el Gobierno panameño busca saldar una deuda histórica y garantizar justicia económica a miles de panameños afectados por la retención de estos recursos durante el período señalado.