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- 21/08/2025 00:00
Una verdadera independiente y única administración de justicia

A raíz de recientes declaraciones que manifesté con respecto a sueldos y jubilaciones de magistrados de la Corte Suprema de Justicia por los posteriores comentarios leídos y escuchados, busqué un artículo que escribí hace más de 5 años y lo actualicé; y, también, por la proximidad de 2 nuevos nombramientos de magistrados de la Corte Suprema de Justicia.
Partimos por indicar, que como parte de las propuestas constitucionales para un nuevo sistema de administración de justicia, proponemos que tanto los magistrados de la Corte Suprema de Justicia como los dos procuradores, los tres magistrados del Tribunal Electoral y demás altos cargos de la Administración de Justicia sean nombrados por un Consejo Nacional de la Magistratura.
Este Consejo podría estar conformado por un representante del Órgano Ejecutivo, la Asamblea Nacional, el Colegio Nacional de Abogados, los gremios empresariales, los obreros organizados, y de la Corte Suprema de Justicia.
Y como requisito todos estos representantes deben ser idóneos para ser magistrados de la Corte Suprema de Justicia.
Otro tema que debe incluirse en los requisitos para ser magistrado, procurador, magistrado del Tribunal Electoral, magistrados del Tribunal de Cuentas, magistrados del Tribunal de Contratación Pública y cargos de igual rango; es que, además de tener más de 45 años de edad y ser panameño de nacimiento, comprobar más de 20 años de graduado o haber ejercido durante ese tiempo la docencia o el ejercicio de la abogacía o un cargo para el cual se requiere idoneidad para el ejercicio de la abogacía.
También debe incluirse como requisito: haber escrito dos libros sobre derecho que hayan tenido circulación nacional o, por lo menos, veinticinco (25) artículos publicados, en medios de circulación nacional o veinte (20) conferencias en congresos de abogados nacionales o internacionales.
Y los magistrados de la Corte deben ser nombrados hasta que cumplan ochenta (80) años y deben gozar de una jubilación decorosa.
Además de los preseñalados requisitos deben poseer acrisolada trayectoria ciudadana, no haber sido condenado por delito alguno ni falta a la ética profesional, ni judicial.
Hace un par de días me preguntó un amigo “... que si era cierto que los magistrados no podían ejercer... ”, le respondí no sólo eso, sino que no pueden ejercer el comercio. El único sueldo que puede devengar un magistrado o juez, aparte del que recibe del Órgano Judicial, es el de profesor universitario de derecho.
Recientemente en una reunión con un banquero, hablando de la reestructuración de mis deudas y nuevos emprendimientos ganaderos, me sugirió que incluyera a mi hijo; que es lo más lógico; con dolor le tuve que decir que no podía, pues mi hijo trabaja en el Sistema de Administración de Justicia y no puede estar involucrado en actividades comerciales. Imagínense: Le está vedado ser mi socio en la ganadería. Todos esos sacrificios deben hacer los funcionarios judiciales.
Pero, con lo anterior no se logra totalmente la tan anhelada independencia judicial, pues para que la justicia sea verdaderamente independiente se necesita que lo sea económicamente; por ello, a nivel constitucional debe elevarse a un 4 % el porcentaje para el Órgano Judicial y el Ministerio Público y garantizar, de esta manera, la independencia económica.
La independencia es consustancial a una verdadera función jurisdiccional. El dilema es o hay independencia, o no la hay. Y, en Panamá mientras la administración de justicia no tenga independencia económica no se puede, ni siquiera por asomo, decir que tenemos independencia judicial.
Queremos administración de justicia expedita; entonces hay que pagar bien a los jueces y magistrados.
Igualmente, la Administración de Justicia debe ser única. Con ello queremos significar que, bajo un solo poder, el Órgano Judicial, deben estar todas las jurisdicciones. Deben acabarse las “capillitas” de jueces de paz, jueces de tránsito, tribunales como el Administrativo con nombramientos por parte del Ejecutivo. El caso del Tribunal Electoral es aberrante. Ellos manejan totalmente la justicia electoral. Esos jueces y fiscalía electoral deben pasar a la Administración de Justicia.
La justicia debe ser única e independiente.
Para que exista verdadera democracia los tres poderes deben ser realmente independientes; con el Consejo de la Magistratura y con la independencia económica y que todos los aspectos de la Administración de Justicia deben estar bajo el paraguas del Órgano Judicial, sólo así, se logra la independencia judicial.
Seguiremos con el tema.